FSC-CCOO Andalucía | 20 abril 2024.

El contrato para la formación y el aprendizaje no está contribuyendo a solucionar el grave problema del desempleo juvenil

    La figura del contrato para la formación y el aprendizaje es utilizada fundamentalmente por microempresas o empresas que no alcanzan las 25 personas trabajadoras en plantilla, en los sectores de hostelería y comercio, y en ocupaciones básicas y elementales.

    23/06/2021.
    Gráfico nº 1

    Gráfico nº 1

    Todo parece indicar que “su utilización podría estar encubriendo relaciones laborales en las empresas de menor tamaño, con una escasa efectividad en términos de inserción laboral real y adquisición de competencias profesionales”, señala Lola Santillana, secretaria confederal de Empleo y Cualificación Profesional de CCOO. Así se recoge en el informe de CCOO “Principales datos de evolución de los contratos formativos 2019 y 2020”.

    Cualificación, oportunidades de empleo e inserción laboral de jóvenes son los objetivos del contrato para la formación y el aprendizaje que nos debe situar en la senda y el objetivo del trabajo decente y de calidad. Sin embargo, este tipo de contratos no parece estar ayudando a la difícil situación laboral juvenil, tal y como CCOO vienen denunciando desde 2015 y como se vuelve a constatar por su comportamiento de los dos últimos años. El informe también apunta la necesidad de reformar de manera consensuada el contrato de formación y aprendizaje, y de apostar por un único modelo estatal de formación dual que ofrezca verdaderas oportunidades de formación y empleo para la población activa más joven.

    En su diseño original, el contrato para la formación y el aprendizaje perseguía facilitar la cualificación, las oportunidades de empleo y la inserción laboral de las personas jóvenes. Sin embargo, a lo largo de los años, CCOO ha venido denunciado su inutilidad para dar respuesta al reto de incorporar al mercado de trabajo a las personas trabajadoras más jóvenes, facilitando su independencia. Dada su disfuncionalidad probada a lo largo de toda su vigencia, las conclusiones del informe se focalizan en esta modalidad.

    A lo largo de los últimos 13 años, el número de contratos para la formación y el aprendizaje ha descendido: de los 109.407 de 2007 a los 24.637 en 2020. En este lapso, en 2012, las contrataciones aumentaron un 75%, aumentando también la edad de las personas contratadas; esto sucedió cuando el gobierno popular redujo su componente formativo, aumentó el beneficio económico para las empresas y elevó el límite de edad hasta los 30 años. “Se desvirtuó su finalidad formativa, desvinculándolos de los certificados de profesionalidad y se privilegió la rentabilidad para las empresas, propiciando una utilización perversa de su objeto legal, alejándose de los más jóvenes y precarizando el empleo juvenil”, explica Lola Santillana, secretaria de Empleo y Cualificación Profesional de CCOO.

    En los años 2019 y 2020, el límite de edad para celebrar contratos se reestablece en los 24 años. Ahí se produce una caída de la contratación a personas entre 25 y 30 años: de suponer el 26% de la contratación en 2018 pasa a representar el 8% del total de la contratación en 2019. Y aunque cabría esperar un aumento de la contratación de los jóvenes de 16 a 24 años, por lo general con menos nivel educativo y menos experiencia laboral, sin embargo, el volumen de contratación global ha bajado en ese periodo.

    Respecto a su distribución por nivel formativo, los contratos para la formación se han concentrado en las personas con niveles formativos superiores, FP superior y Universidad, hecho que se opone a su objeto y finalidad. Tan solo el 35% de las personas contratadas tienen estudios de educación primaria. Por otra parte, se desconoce su incidencia en la competencia profesional y en la cualificación de las personas.

    Junto a ello, la tasa de inserción laboral acumulada es meramente anecdótica: de 2007 a 2020 solo 7 de cada 100 contratos se convirtieron en indefinidos. Ni siquiera la relajación de las condiciones de los años 2012 a 2015 supusieron un aumento de la contratación, sino que, al contrario, se dieron las tasas más bajas de inserción, cercanas al 2%.

    Como es habitual en materia laboral, también aquí despunta la segregación laboral de la mujer. A pesar de tener un nivel de formación superior al del joven (49% de mujeres con estudios superiores frente al 35% de los hombres), su participación es incluso inferior (48%) al porcentaje que supone en el porcentaje total de jóvenes (49%).

    Por último, es destacable el papel del tamaño de las empresas en este tipo de contratos: las más grandes requieren personas con alta cualificación y lo hacen a través del contrato de prácticas, mientras que las más pequeñas utilizan el contrato para la formación, con personas de menor cualificación.

    Puesto que los contratos para la formación y el aprendizaje no han ocupado a los más jóvenes, “CCOO sigue apostando por su reforma, adecuándolo a las necesidades reales de cualificación de las personas más jóvenes y facilitando su inserción laboral y su conversión a una contratación indefinida. De otra manera, seguiremos engañando a la juventud y frustrando sus anhelos y expectativas formativas y laborales”.