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Nota informativa contacto estrecho personal vacunado

  • Cuarentena al personal funcionario que tenga una pauta de vacunación completa y que haya sido considerado contacto estrecho

28/06/2021.
Vacunación

Vacunación

A continuación, transcribimos el texto de la nota informativa que ha realizado Jesús Solís Ruiz, Coordinador de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia, adjuntándola tambiémn en "documentos relacionados".

NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS CUARENTENAS A SEGUIR POR EL PERSONALFUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA QUE CUENTE CONUNA PAUTA DE VACUNACIÓN COMPLETA Y QUE SEAN CONSIDERADOS COMO CONTACTOESTRECHO CON CASOS DE COVID-19

1. Según el reciente protocolo establecido por el Ministerio de Sanidad en el documento “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19” con fecha 23/06/21, en principio, “las personas que han recibido una pauta de vacunación completa(*) y sean consideradas como contacto estrecho estarán exentas de la cuarentena”

.2. No obstante, el protocolo también menciona las siguientes condiciones que se deben cumplir para que el personal funcionario que haya recibido una pauta de vacunación completa(*) esté exento de realizar la cuarentena en caso de ser considerado contacto estrecho:

  • Se les hará una PCR al inicio y otra a los 7 días del último contacto con el caso confirmado.
  • A las personas a las que, por cualquier circunstancia, no sea posible realizarles una PCR, se les indicará la realización de cuarentena aunque estén completamente vacunadas.
  • Se recomendará evitar el contacto con personas vulnerables y con personas no vacunadas.
  • En el ámbito del trabajo, para el personal trabajador considerado esencial, el contacto con personas vulnerables por COVID debe ser una prescripción y no una mera recomendación.
  • En todo caso, las personas diagnosticadas de inmunodepresión, realizarán la cuarentena aunque estén completamente vacunadas.

3. Por ello, teniendo en cuenta las circunstancias descritas y la dificultad existente para asegurar que se cumplen todas las condiciones adecuadas para continuar la actividad laboral, el personal funcionario que cuente con una pauta de vacunación completa(*) y que haya sido considerado contacto estrecho con casos por COVID, inicialmente, mantendrán las mismas prescripciones de cuarentena que el resto del funcionario, respecto al aislamiento que deben guardar con relación al personal de su centro de trabajo.

4. Por tanto, a continuación se resume el protocolo de actuación de manejo de contactos estrechos frente al COVID, actualmente en vigor, y se aclara las prescripciones para los funcionarios que cuenten con una pauta de vacunación completa.

MANEJO DE CONTACTOS ESTRECHOS CON CASOS CONFIRMADOS, SOSPECHOSOS O PROBABLES DE COVID-19:

  • Todo el personal funcionario, tanto el que cuente con una pauta de vacunación completa(*), como el resto de personal, deberán iniciar una cuarentena domiciliaria de 10 días, contados a partir del día siguiente al del último contacto mantenido con el caso en cuestión.
  • Si el contacto estrecho se ha producido con un caso con el que convive, y este caso no puede aislarse, la cuarentena se extenderá hasta 10 días contados a partir del día siguiente en el que el caso con el que convive deje de tener un diagnóstico por COVID.
  • Ante un resultado negativo de una prueba de diagnóstico que se le practique durante la cuarentena (test de antígeno, PCR, etc.), dicha cuarentena finalizará igualmente a los 10 días de la fecha del último contacto.
  • Una vez iniciada la cuarentena domiciliaria, aquel personal funcionario que cuente con una pauta de vacunación completa(*), podrá estar exento de guardar cuarentena domiciliaria, siempre que cumpla las condiciones expresadas en el apartado 2, y así le sea indicado por los servicios médicos de Atención Primaria o Salud Responde. En todo caso, aunque estuviera exento de la cuarentena domiciliaria, sí deber guardar aislamiento respecto al personal funcionario de su centro de trabajo, por lo que deberá de ausentarse del centro de trabajo durante los 10 días referidos anteriormente.

Nota: (*) Según lo establecido por el Ministerio de Sanidad, se considera que una persona cuenta con una pauta de vacunación completa en los siguientes casos:

  • Haber recibido 2 dosis de vacuna, separadas entre sí el número de días establecido por las autoridades sanitarias, de Pfizer, AstraZeneca, o Moderna, y que haya pasado desde la segunda vacuna el número de días mínimos también indicados por dichas autoridades.
  • Haber recibido una dosis de vacuna de Janssen y que haya pasado desde la misma el número mínimo de días indicado por las autoridades sanitarias.
  • Aquella personas de 65 y menos años que habiendo pasado la enfermedad (casos confirmados con infección activa o casos resueltos) han recibido una dosis de cualquiera de las vacunas anteriores.

Sevilla, 24 de junio de 2021

Fdo.:Jesús Solís Ruiz

Coordinador de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia