FSC-CCOO Andalucía | 28 marzo 2024.

Los servicios jurídicos de CCOO en Granada consiguen que el tribunal supremo rectifique y considere al personal laboral interino de la Junta de Andalucía con más de tres años, indefinidos no fijos

  • Para la FSC CCOO Granada, que su prioridad fundamental siempre es la estabilidad en el empleo y el incremento de las plantillas, la comunicación del Tribunal Supremo va en la línea de la reivindicación de CCOO en las negociaciones con Función Pública en relación con las indemnizaciones, también para el funcionariado interino, y que sean tanto para nombramientos futuros como para los anteriores.
  • "La sentencia es un hito porque señala a la administración su mala praxis en el abuso de la contratación temporal­", Ana María Ruiz, responsable del sector Autonómico de FSC CCOO de Granada.

30/06/2021.
Los servicios jurídicos y delegados de CC OO celebran la sentencia que partió de un conflicto laboral de Granada que llevaron ellos.

Los servicios jurídicos y delegados de CC OO celebran la sentencia que partió de un conflicto laboral de Granada que llevaron ellos.

La sentencia de Unificación de Doctrina se dicta en un procedimiento planteado por los Servicios Jurídicos del sindicato de Granada, que interpuso una demanda presenta­da por una trabajadora de Gra­nada, que estaba contratada como interina por vacante en el Patro­nato de la Alhambra y reclamó una indemnización tras ser ce­sada, ratifica el criterio seguido por la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia creando así jurisprudencia, y siguiendo las directrices europeas castiga a la Administración por su mala praxis de abusar de los contratos temporales, y tener una tasa de temporalidad muy alta en comparación con el resto de países europeos. 

El Tribunal Supremo (TS) rectifica el criterio que había venido manteniendo para los contratos de interinidad por vacante del personal laboral y declara indefinidos no fijos a los trabajadores con este tipo de contrato con más de 3 años de antigüedad.

Hasta ahora, el TS siempre ha añadido que seguirá siendo indefinido no fijo hasta que su plaza fuera cubierta por la convocatoria de una oferta de empleo público (OEP).

Igualmente la persona trabajadora ha declarada indefinida teniendo derechos indemnizatorios, en principio a razón de 20 días por año trabajado, si se mantiene lo que venían marcando las anteriores sentencias.

Esta sentencia da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos negociando y que hay que eliminar la tasa de reposición para conseguir que las ofertas sean suficientes y de verdad se reduzca la temporalidad por debajo del 8%.