FSC-CCOO Andalucía | 6 febrero 2025.

Euskadi: resolución definitiva concurso específico de puestos singularizados

    Publicado en el BOPV de 27 de septiembre.

    27/09/2021.
    Concurso Específico

    Concurso Específico

    En el BOPV de fecha de hoy aparece publicada la orden de 6 de septiembre de 2021, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se resuelve definitivamente el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados por idioma y/o puesto, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Adminis­trativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

    Nombramientos, situaciones e incidencias

    DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES

    ORDEN de 6 de septiembre de 2021, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se resuelve definitivamente el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados por idioma y/o puesto, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

    El personal funcionario que obtenga destino y se encuentre en activo, en servi­cios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingrese en ninguno de los cuerpos o escalas a que se refiere el presente concurso, cesará el 30 de septiembre de 2021.

    La toma de posesión del nuevo destino obtenido, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese si no hay cambio de localidad del personal funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes. Cuando la persona adjudicataria de una plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo de toma de posesión será de veinte días hábiles y deberá computarse desde el día de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

    El personal funcionario que esté desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicios, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por «localidad del funcionario» aquella en la que esté prestando servicios efectivamente.

    El personal funcionario interino que actualmente ocupe las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.