FSC-CCOO Andalucía | 28 abril 2024.

El Consejo Andaluz del Fuego aprueba la primera propuesta de decreto para regular acceso promoción interna y formación de los bomberos en Andalucía

  • Hoy en el Consejo Andaluz del Fuego se ha aprobado la tramitación del decreto de acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión de puestos de trabajo, segunda actividad y formación del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento.
  • Desde CCOO tenemos preparadas algunas alegaciones para mejorar y enriquecer algunos aspectos de dicho decreto con los que no estamos conformes.

08/01/2024.
Bombero, foto de archivo

Bombero, foto de archivo

El Decreto se ha estructurado en siete capítulos: el capítulo I, relativo al ámbito de aplicación, principios generales sistemas de acceso y procedimientos de selección; el capítulo II, referido al turno libre mediante los procedimientos de oposición o concurso oposición para el ingreso en la categoría de bombero o bombera y por el procedimiento de concurso-oposición para el acceso al resto de categorías, el capítulo III, relativo a la promoción interna, establece el régimen aplicable a la misma, requisitos, y procedimiento; el capítulo IV, relativo a la movilidad, permuta y comisiones de servicio, diferencia entre la movilidad horizontal o sin ascenso y la movilidad vertical, los requisitos, procedimiento de selección y posibilidad de diferir el cese hasta un máximo de un año.

Así mismo se contempla los requisitos y régimen aplicable a las permutas y comisiones de servicio; el capítulo V relativo a la colaboración interadministrativa mediante la gestión de los procesos selectivos unitarios que, de manera voluntaria y a través del correspondiente convenio, las entidades locales puedan delegar, el capítulo VI regula la situación de segunda actividad del personal y el acceso a la misma por razón de edad, disminución de aptitud psicofísica y, con carácter temporal, durante el embarazo y lactancia; por último, el capítulo VII regula los centros de formación del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, las funciones del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía y las escuelas locales de bomberos, así como los criterios para la homologación de cursos.

En definitiva, el presente decreto pretende abordar la inaplazable tarea de dotar a la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de un desarrollo de su Título III, adecuando la regulación de los servicios de prevención y, extinción de incendios y salvamento a las actuales circunstancias de Andalucía, recogiendo aspectos que en su día fueron demandados en el seno del Consejo Andaluz del Fuego, y teniendo en cuenta a lo largo de toda la regulación, el objetivo transversal de fomentar la igualdad de género, a fin de producir un efecto positivo y equitativo en las personas, mujeres y hombres, que integran el funcionariado de dichos servicios.

El próximo paso de la Junta de Andalucía exposición pública en el portal de transparencia para posibles alegaciones.

Desde CCOO tenemos preparadas algunas alegaciones para mejorar y enriquecer algunos aspectos de dicho decreto con los que no estamos conformes.