FSC-CCOO Andalucía | 9 mayo 2024.

CCOO logra una reivindicación histórica: la remuneración de las sustituciones sin relevación de funciones de Auxilio Judicial.

  • Resolución de las Provisión Temporal de Puestos.
  • Mesa Sectorial del 2 de Febrero de 2024

04/02/2024.
Sustituciones

Sustituciones

CCOO logra una reivindicación histórica: la remuneración de las sustituciones sin relevación de funciones de Auxilio Judicial.

En la Mesa Sectorial del 2 de Febrero de 2024 se alcanzado un acuerdo para Resolución de las Provisión Temporal de Puestos en que se da una nueva regulación a las Comisiones de Servicio, sustituciones y sustituciones sin relevación de funciones del personal de Auxilio Judicial. Con ello se da cumplimiento al Acuerdo de 27 de Noviembre de 2018 en que CCOO exigió a la Consejería de Justicia la remuneración de estas sustituciones. 

Después de varias reuniones de los grupos de trabajo dan como resultado la remuneración de las sustituciones sin relevación de funciones del personal de Auxilio Judicial así como el carácter voluntario: 

9. Estas sustituciones se abonarán a razón de 29,24 € por servicio, en órganos judiciales de Nivel II, y 28,74 € por servicio, en órganos judiciales de Nivel III, con un número máximo mensual de 10 sustituciones por persona, con objeto de promover la rotación en el acceso a las sustituciones. El límite al número de sustituciones mensual por persona no se se aplicará en el caso de que no exista otro personal funcionario disponible para realizar una sustitución

Estas Sustituciones sin relevación de funciones tan solo  procederán por razones de urgencia y necesidad y para evitar la suspensión de un acto procesal inaplazable o vista, se podrá atribuir al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial  en órganos, servicios o unidades diferentes a los de su destino, pero dentro de la misma localidad.

Esta sustitución también procederá en aquellos casos en los que solo haya una persona disponible de auxilio judicial en el órgano, servicio o unidad a cubrir, y dicha persona se encuentre disfrutando de permisos, vacaciones o licencias que no sean de larga duración.

Mediante instrucción de la Jefatura de Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Administración de Justicia, tras la consulta y participación de las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de Justicia, se regulará  el procedimiento de constitución de las listas voluntarias de turnos y el régimen de disponibilidad y renuncias.

La remuneración se imputará en la productividad, desde CCOO hemos exigido que se retribuyan mensualmente. 

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Además, CCOO ha arrancado el compromiso de la Consejería equiparar las retribuciones de las sustituciones verticales a las del cuerpo en que se presta las funciones, así como la retribución de las sustituciones de los Gestores para las Secretaría de Juzgados de Paz, así como las que realizan entre los Secretarios de Juzgados de Paz. También se regulará la remuneración por las habilitaciones de los Gestores en los Registros Civiles a fin de regularizar la situación que judicialmente se reconoce a través de multitud de sentencias. 

La primera reunión de este nuevo grupo de trabajo está señalada para el próximo 14 de febrero de 2024.