FSC-CCOO Andalucía | 3 julio 2024.

Acuerdo para agilizar la devolución de días por exceso de jornada en conducción en el Grupo Renfe

  • Celebrada la reunión Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe para abordar el problema derivado de la dificultad por parte de la Dirección de la Empresa para devolver los excesos de jornada del año 2023 en muchos cuadros de servicio de Conducción.
  • Se acuerda para prorrogar el plazo de devolución de los excesos poniendo como fecha límite el 31 de marzo de 2025 y aceptando la Dirección de la Empresa una serie de compromisos

27/06/2024.
Conducción

Conducción

En la mañana de hoy, 27 de junio de 2024, se ha reunido la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe para abordar el problema derivado de la dificultad por parte de la Dirección de la Empresa para devolver los excesos de jornada en muchos cuadros de servicio de Conducción. La fecha límite para devolver estos excesos era el 30 de junio del presente año según el acuerdo alcanzado entre CCOO, SEMAF y UGT en el que se adaptó el desarrollo profesional al acuerdo de 35 horas. 

Desde CCOO hemos manifestado que, aunque es cierto que la implantación de la jornada de 35 horas en todos los cuadros de servicio es una tarea compleja, también hemos defendido que hay ciertos territorios donde se ha echado en falta voluntad por parte de la empresa para comenzar a adaptar los Cuadros de Servicio y devolver los excesos de jornada de los trabajadores y las trabajadoras adscritas.

Una vez finalizado el debate, y en aras de buscar soluciones que arrojen claridad sobre los excesos de jornada a la vez que agilicen los trámites necesarios para la devolución del total de días, por unanimidad del Comité General de Empresa del Grupo Renfe y la Dirección de la Empresa hemos llegado a un acuerdo para prorrogar el plazo de devolución de los excesos de jornada del año 2023, poniendo como fecha límite el 31 de marzo de 2025, comprometiéndose, además la Dirección de la Empresa, a las siguientes condiciones para la prórroga:

· Los Cuadros de Servicio que no se hayan ajustado al acuerdo de 35 horas deben hacerlo antes de final de año.

· A partir del próximo proceso de movilidad de Conducción, la Dirección de la Empresa deberá devolver los excesos de jornada del 2023 en la residencia de origen.

· El sistema GIRHE implementará una funcionalidad que evalúe los días pendientes de devolver, así como los días ya compensados al personal de Conducción.

· Se trasladará la información relativa a jornadas de trabajo, tanto a aquellos comités de centro de trabajo que así lo soliciten como a los propios interesados.

Con este acuerdo, instamos a la Dirección de la Empresa a dar el sprint final, especialmente en los Cuadros de Servicio de aquellas residencias donde la acumulación de días por exceso de jornada es mayor, para esta vez sí, cumplir con los plazos establecidos.